Producto envasado
Artículo 4: Producto envasado
- Una bebida espirituosa de origen vitivinícola está envasada cuando es puesta en un envase de cualquier clase que sea, antes de su presentación a la venta y de tal manera que la cantidad y la naturaleza del producto contenido en el envase no pueda ser modificado sin que éste sufra una apertura o una
Idioma y legibilidad
Artículo 3: Idioma y legibilidad
- El idioma utilizado debe ser fácilmente comprensible para el consumidor.
- Si el o los idiomas empleados no fueran comprensibles para el consumidor al cual se destina, se deberá remplazar la etiqueta o agre
Ámbito de aplicación
Artículo 1: Ámbito de aplicación
La presente norma se aplica exclusivamente al etiquetado de las bebidas espirituosas de origen vitivinícola destinadas al consumo humano directo, tal como están definidas en la parte I capítulo 7 del Código internacional de prácticas enológicas de la OIV, envasadas para su venta al consumidor final.
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