Comisión Economía y Derecho

Adopted

Contenido neto

2.4                      Contenido neto 

Deberá declararse el contenido neto en unidades del sistema métrico (Sistema Internacional de Unidades, SI).

La declaración del contenido neto representa la cantidad en el momento del envasado, referida a un sistema de control de cantidad promedio.

Información sobre las sustancias[1] que causan hipersensibilidad, incluidas alergias, entre otras

2.3                      Información sobre las sustancias[1] que causan hipersensibilidad, incluidas alergias, entre otras

Deberá indicarse en el etiquetado de los vinos la presencia de aquellas sustancias que causan hipersensibilidad, incluidas alergias, entre otras.

Las sustancias de interés son:

El empleo de la palabra «vino»

2.1.1              El empleo de la palabra «vino»

El empleo de la palabra «vino» o (sin perjuicio de lo indicado en el punto 2.1.2.2) de cualquier otra mención sustitutiva, es obligatorio en el etiquetado del producto que responda a la definición tal como aparece en el punto 1.2.1. Dicho empleo puede completarse con menciones relativas a su tipo o a su clasificación particular.

Indicaciones engañosas

1.4                      Indicaciones engañosas

Indicaciones engañosas - Se prohíbe el empleo de cualquier indicación, de cualquier signo o ilustración susceptible de crear confusión sobre el origen y/o la naturaleza del producto.

Campo de aplicación

1.2                      Campo de aplicación

El producto

La norma de etiquetado de los vinos se aplica a los productos que responden a la definición de vino tal como se lo define en el Código internacional de prácticas enológicas, es decir:

Definiciones

1.1                      Definiciones

En el sentido de la presente resolución se entiende por:

“etiqueta” toda ficha, marca, imagen u otra materia descriptiva, escrita, impresa, estampada, adherida, grabada o aplicada sobre el embalaje (recipiente) de un vino o adjunta a este último,