Protocolo de identificación de variedades de la OIV

Estado: En vigor

Protocolo de identificación de variedades de la OIV

RESOLUCIÓN OIV-VITI 609-2019

PROTOCOLO DE IDENTIFICACIÓN DE VARIEDADES DE LA OIV

LA ASAMBLEA GENERAL,

A PROPUESTA de la Comisión I “Viticultura”,

VISTO el artículo 2, párrafos 2 b i) y c iii) del Acuerdo del 3 de abril de 2001 por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino, y habida cuenta de los puntos 2.b.ii y 2.d.iii del Plan Estratégico 2015-2019 de la OIV, que prevén “definir las diferentes categorías de productos vitícolas”, debe definirse un protocolo mínimo de identificación de variedades,

CONSIDERANDO la publicación, en 1996, de la Lista Internacional de Variedades de Vid y sus Sinónimos de la OIV, basada en los trabajos del Grupo de expertos “Selección de la Vid” y del Grupo de expertos “Reglamentación y Control de Calidad” y que no solo incluye una lista de variedades, sino que relaciona entre sí los nombres que reciben en los distintos países, a fin de identificar con mayor claridad las variedades de vid,

CONSIDERANDO que el mercado del vino, las uvas de mesa y el material de multiplicación necesitan una correcta evaluación de la identidad varietal, debido al uso de distintos sinónimos a nivel local,

CONSIDERANDO la publicación, en 2007, de la segunda edición de la Lista de Descriptores OIV para Variedades de Vid y Especies de Vitis, que establece los caracteres descriptivos de las variedades de vid y especies de Vitis, revisados por la OIV, en colaboración con la UPOV y Bioversity International (anteriormente IPGRI),

CONSIDERANDO la publicación, en 2009, de la Descripción de Variedades de Vid del Mundo, basada en la Lista de Descriptores OIV para Variedades de Vid y Especies de Vitis, y la Resolución OIV-VITI 467-2012, que divide los caracteres en principales y complementarios,

CONSIDERANDO que la experiencia práctica ha demostrado que para la distinción e identificación de variedades basta con un menor número de caracteres y que, por este motivo, en el marco del proyecto europeo GrapeGen06 se ha adoptado una lista de 48 caracteres de la OIV,

CONSIDERANDO que las directrices de la UPOV (TG/50/9) se utilizan para la ejecución del examen de la distinción, la homogeneidad y la estabilidad de las variedades de vid,

CONSIDERANDO que los países utilizan diferentes protocolos para la distinción e identificación de variedades y que se debería proceder a la armonización de dichos protocolos,

CONSIDERANDO que la descripción de una variedad debe atender a su distinción, homogeneidad y estabilidad con respecto a otras variedades de vid,

CONSIDERANDO que la experiencia práctica ha demostrado que es recomendable describir una variedad en función tanto de sus caracteres ampelográficos como del análisis de su ADN nuclear mediante marcadores SSR,

CONSIDERANDO la fiabilidad de los métodos de análisis del ADN y los resultados del Grupo GENRES en materia de codificación del genotipo de la vid,

CONSIDERANDO los resultados de la encuesta realizada por la OIV en 2014 y 2015 entre los Estados miembros, relativa al Protocolo de Identificación de Variedades en cada país,

CONSIDERANDO que los datos de pasaporte del Catálogo Internacional de Variedades de Vitis (VIVC) podrían ser una herramienta útil para conectar y normalizar las descripciones de variedades,

DECIDE adoptar los criterios mínimos para establecer un protocolo OIV para la identificación de variedades,

DECIDE incorporar los marcadores SSR VVMD32, VVMD25 y VVMD28, y sus respectivos códigos (807, 808 y 809) en la Lista de Descriptores OIV para Variedades de Vid y Especies de Vitis.

RESOLUCIÓN OIV-VITI 609-2019

PROTOCOLO DE IDENTIFICACIÓN DE VARIEDADES DE LA OIV

1. OBJETO DEL PROTOCOLO

2. DATOS NECESARIOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE VARIEDADES

3. CARACTERES DE REFERENCIA

4. NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS

5. CRITERIOS DE DENOMINACIÓN DE NUEVAS VARIEDADES

6. ANEXOS. FICHA DE LA OIV CON LOS CARACTERES BÁSICOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE VARIEDADES

1.      OBJETO DEL PROTOCOLO

El objetivo de la resolución es armonizar los criterios internacionales para la identificación de variedades de vid. Dichos criterios se utilizan cuando sea necesario para el reconocimiento oficial y la inscripción de una variedad.

El protocolo de la OIV puede también utilizarse para reexaminar denominaciones varietales existentes y, eventualmente, revisarlas o cambiarlas. El protocolo describe los procedimientos técnicos indicados para la identificación de cualquier variedad de vid (Vitis L.) y establece una serie de pautas mínimas sobre los caracteres ampelográficos y genéticos, basadas en la segunda edición de la Lista de Descriptores OIV para Variedades de Vid y Especies de Vitis y los resultados de los proyectos europeos GENRES081 y GrapeGen06.

2.      DATOS NECESARIOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE VARIEDADES

Para identificar una variedad se precisan los siguientes datos:

  • el origen de la variedad:
    • espontáneo,
    • hibridación controlada,
    • organismo genéticamente modificado,
  • el obtentor (si procede),
  • el conservador,
  • la solicitud de patente para la obtención vegetal (si procede),
  • el objetivo de la producción (vino, uvas de mesa, pasas, portainjerto, etc.),
  • el lugar de conservación del conservador,
  • los principales caracteres supuestamente originales,
  • la caracterización genotípica y ampelográfica,
  • el código de identificación provisional de la nueva variedad o la denominación propuesta.

3.      CARACTERES DE REFERENCIA

Las descripciones ampelográficas deben seguir principalmente las pautas de la segunda edición de la Lista de Descriptores OIV para Variedades de Vid y Especies de Vitis o, como mínimo, la lista de descriptores prioritarios prevista en la Resolución OIV-VITI 467/2012, convenientemente adaptada y ampliada en el anexo, tabla 1. Cuando proceda, se deberá hacer referencia a los caracteres de resistencia o sensibilidad a condiciones desfavorables u organismos nocivos.

El perfil genético deberá obtenerse mediante el análisis de, como mínimo, los nueve marcadores SSR de referencia recogidos en el anexo, tabla 2, que proporcionan parámetros de comparación independientes del ambiente.

También se aceptarán las descripciones de variedades que se ajusten a las directrices de la UPOV[1] o a la lista propuesta por el grupo GrapeGen06.

4.      NOTIFICACIÓN DE RESULTADOS

En la presentación y descripción de los resultados se deben tener en cuenta, como mínimo, los datos que se indican en los apartados anteriores. El organismo correspondiente recopilará la información y elaborará la descripción de la variedad presentada por el obtentor para el reconocimiento oficial de la variedad.

5.      CRITERIOS DE DENOMINACIÓN DE NUEVAS VARIEDADES

A la hora de poner nombre a una nueva variedad, se deben evitar denominaciones que puedan confundirse con las de otras variedades, sobre todo si ya se utilizan en el etiquetado oficial de productos comerciales.

Asimismo, deben evitarse los nombres que contengan indicaciones geográficas para evitar confusiones con las indicaciones geográficas protegidas y las denominaciones de origen.

6.      ANEXOS. FICHA DE LA OIV CON LOS CARACTERES BÁSICOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE VARIEDADES

Tabla 1: LISTA MÍNIMA DE CARACTERES AMPELOGRÁFICOS

PARTE OBSERVADA

CARÁCTER

CÓDIGO DE LA OIV

Pámpano joven

 Apertura de la extremidad

001

Pámpano joven

 Intensidad de la pigmentación antociánica de los pelos tumbados de la extremidad

003

Pámpano joven

 Densidad de los pelos tumbados de la extremidad

004

Pámpano

 Porte (antes de ser tutorado)

006

Pámpano

 Color de la cara dorsal del entrenudo

007

Pámpano

 Color de la cara ventral del entrenudo

008

Pámpano

 Número de zarcillos consecutivos

016

Hoja joven

 Color del haz del limbo (4a hoja)

051

Hoja joven

 Densidad de los pelos tumbados entre los nervios en el envés del limbo (4a hoja)

053

Hoja adulta

 Forma del limbo

067

Hoja adulta

 Número de lóbulos

068

Hoja adulta

 Distribución de la pigmentación antociánica de los nervios principales del haz del limbo

070

Hoja adulta

 Hinchazón del haz del limbo

075

Hoja adulta

 Forma de los dientes

076

Hoja adulta

 Grado de apertura/solapamiento del seno peciolar

079

Hoja adulta

 Forma de la base del seno peciolar

080

Hoja adulta

 Dientes en el seno peciolar

081-1

Hoja adulta

 Base del seno peciolar limitada por la nervadura

081-2

Hoja adulta

 Dientes en los senos laterales superiores

083-2

Hoja adulta

 Densidad de los pelos tumbados entre los nervios principales sobre el envés del limbo

084

Hoja adulta

 Densidad de los pelos erguidos sobre los nervios principales del envés del limbo

087

Hoja adulta

 Profundidad de los senos laterales superiores

094

Flor

 Órganos sexuales

151

Racimo

 Longitud (excluyendo el pedúnculo)

202

Racimo

 Compacidad

204

Racimo

 Longitud del pedúnculo del racimo principal

206

Racimo

 Forma

208

Racimo

 Número de alas del racimo principal

209

Racimo

Peso de un racimo

502

Baya

 Anchura

221

Baya

 Forma

223

Baya

 Color de la epidermis

225

Baya

 Intensidad de la pigmentación antociánica de la pulpa

231

Baya

 Consistencia de la pulpa

235

Baya

 Particularidad del sabor

236

Baya

 Formación de pepitas

241

Baya

Peso de una baya

503

Vid

Época de desborre

301

Vid

Época del comienzo del envero

303

Tabla 2: Marcadores SSR

Marcador SSR

CÓDIGO DE LA OIV

VVS2

801

VVMD5

802

VVMD7

803

VVMD27

804

VrZAG62

805

VrZAG79

806

VVMD32

807

VVMD25

808

VVMD28

809


[1] International Union for the Protection of New Varieties of Plants