Uso de fibras vegetales selectivas en el mosto

Estado: En vigor

Uso de fibras vegetales selectivas en el mosto

RESOLUCIÓN OIV-OENO 684B-2022

USO DE FIBRAS VEGETALES SELECTIVAS EN EL MOSTO

LA ASAMBLEA GENERAL,

VISTO el artículo 2, párrafo 2 b) ii del Acuerdo de 3 de abril de 2001 por el que se crea la Organización Internacional de la Viña y el Vino,

CONSIDERANDO los trabajos del Grupo de expertos “Tecnología”,

CONSIDERANDO la Resolución OIV-OENO 582-2017, “Uso de fibras vegetales selectivas en vinos”, aprobada en 2017,

DECIDE ampliar el ámbito de aplicación al mosto y, a propuesta de la Comisión II “Enología”, incorporar al Código Internacional de Prácticas Enológicas de la OIV (parte II, capítulo 2, “Mostos”) la siguiente práctica enológica:

PARTE II

2. Mostos

TÍTULO:USO DE FIBRAS VEGETALES SELECTIVAS EN EL MOSTO

Definición:

Uso de un adsorbente selectivo compuesto de fibras vegetales en el mosto.

Objetivos:

  1. Reducir la cantidad de ocratoxina A del mosto;
  2. reducir el número y la cantidad de residuos de productos fitosanitarios en el mosto.

Prescripciones:

  1. Las fibras vegetales selectivas se incorporan al mosto o durante la fermentación;
  2. la dosis de uso se determina en función del mosto y de la cantidad de moléculas por adsorber, y no debe exceder los 200 g/hL;
  3. las fibras vegetales selectivas se eliminan por trasiego (previa sedimentación), centrifugación o filtración;
  4. las fibras vegetales selectivas se utilizan en el mosto con arreglo a las autorizaciones y los límites de residuos de productos fitosanitarios aplicables;
  5. las fibras vegetales selectivas deben ajustarse a las prescripciones del Codex Enológico Internacional.

Recomendación de la OIV:

Admitida.