Norma Internacional para el Etiquetado de los Vinos

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Campo de aplicación

1.2                      Campo de aplicación

El producto

La norma de etiquetado de los vinos se aplica a los productos que responden a la definición de vino tal como se lo define en el Código internacional de prácticas enológicas, es decir:

El vino es exclusivamente la bebida que resulta de la fermentación alcohólica completa o parcial de la uva fresca, estrujada o no, o del mosto de uva. Su grado alcohólico adquirido no puede ser inferior a 8,5 p. 100 vol.

Sin embargo, teniendo en cuenta las condiciones climáticas, de terruño o de variedad, de factores cualitativos especiales o de tradiciones propias de ciertos viñedos, el grado alcohólico total mínimo podrá establecerse en 7 p. 100 vol. por medio de una legislación particular de la región considerada.

La presente norma no se aplica a los vinos especiales definidos por dicho Código. Sin embargo, los vinos bajo velo que responden a la presente definición de los vinos serán sometidos igualmente a la aplicación de la presente norma.

El etiquetado es obligatorio para los vinos que son preenvasados en vista de su venta al consumidor final.