El país de origen
2.5 El país de origen
En los intercambios internacionales, el nombre oficial o usual del país de origen deberá mencionarse cuando el producto proviene de uvas cosechadas y vinificadas en dicho país.
La utilización del nombre de un Estado tal como se prevé en los párrafos precedentes estará subordinada al acuerdo de dicho Estado:
- cuando el vino se vinifica en un país diferente de aquel en el cual fueron cosechadas las uvas;
- cuando el vino es el resultado de una mezcla de vinos de diferentes países.