Norma Internacional para el Etiquetado de los Vinos

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El nombre y la dirección del responsable del envasado

2.6                      El nombre y la dirección del responsable del envasado

 

El nombre del responsable del envasado deberá ser:

  • bien el nombre patronímico de la persona física,
  • bien la denominación social de la empresa,
  • bien el nombre comercial de esta última
  • que asume la responsabilidad del producto cuyo envasado realiza por sí mismo o por su cuenta.

La dirección del responsable del envasado conllevará el nombre del lugar en el que se ha efectivamente realizado o hecho realizar el envasado; esta dirección se completará, si es necesario, con la de la sede de quien realiza el envasado.

El nombre y la dirección del importador podrán sustituir los del responsable del preenvasado.

Las indicaciones del nombre del responsable y de su dirección, así como del lugar del envasado y las indicaciones relativas a la calidad de quien lo realiza no deben ser susceptibles de crear una confusión sobre el origen del vino ni sobre la existencia y la calidad de las personas o empresas mencionadas. Para evitar las confusiones sobre el origen del vino, se recomienda reemplazar el nombre del lugar o el nombre del responsable por un código cuando estos nombres constituyen una denominación de origen o una indicación geográfica a la cual el vino no tiene derecho.